Ya tenemos en marcha la nueva normativa para las denominaciones en la venta de productos del cerdo ibérico, ha tardado mucho tiempo en llegar pero por fin la tenemos aquí.
Vamos a tratar de explicar lo más breve posible en que consiste y cuales son ventajas y algunos inconvenientes que las Denominaciones de Origen están viendo en esta nueva normativa.
En primer lugar la denominación “pata negra” sólo se podrá utilizar en productos de bellota 100% ibéricos.
La normativa apuesta por aclarar la información que se va a dar al consumidor en el etiquetado. Datos en el etiquetado del tanto por ciento de la pureza racial y del método de cría del ganado.
Algo que consideramos muy importante es que se modifican definitivamente las cuatro opciones anteriores: de bellota o montanera, de recebo, de cebo de campo y de cebo; a tres: “de bellota”, “de cebo de campo” y “de cebo”. Y finalmente se elimina también la designación de recebo, algo que llevaba a engaños a la hora de seleccionar la calidad de un buen jamón ibérico.
ETIQUETADO
Para las etiquetas la normativa establece la obligatoriedad de indicar el tanto por cierto de raza ibérica de cada cerdo. Indicando qué cerdos son de pura raza, 100% ibérico y cuáles están cruzados y en qué tanto por ciento mantienen la raza ibérica.
Queda prohibida la utilización en publicidad y etiquetado de términos que puedan inducir a error al consumidor, permitiendo sólo a la calificación “de bellota” los logotipos, imágenes, símbolos o descripciones que se refieran a el tipo de alimentación natural con pasto de dehesa y bellota.
CLASIFICACIÓN DE CANALES
Se refuerzan los sistemas de control, estableciendo más rigor y controles en los pesos de los canales y las piezas y en el tiempo mínimo de elaboración, mejorando la fiabilidad en la asignación de las menciones que realmente corresponden a los productos.
La clasificación de los productos se distinguirá mediante precintos de diversos colores que se incorporarán en el matadero a cada jamón y paleta:
- Precinto Negro, para los bellota 100% ibéricos. La denominación “pata negra” sólo se podrá utilizar en productos de bellota 100 ibéricos.
- Precinto Rojo, para los bellota ibéricos con cruce de otra raza.
- Precinto Verde, para los ibéricos puros o con mezcla de raza, alimentados con pienso y en libertad con pastos de campo en las últimas semanas anteriores a su sacrificio.
- Precinto Blanco, para los ibéricos puros o con mezcla de raza, alimentados con pienso en establos.
Algo muy importante a tener en cuenta es que se exige un peso mínimo de las piezas elaboradas a la salida de la industria para evitar la comercialización de productos pequeños que no alcancen los estándares mínimos de calidad esperados por los consumidores, de esta forma se evitan las ofertas engañosas que hasta ahora se hacían a través de canales de internet con jamones muy pequeños.
Si la norma se lleva se pone en marcha y se lleva a cabo con el 100% de sus consecuencias pensamos que puede funcionar bastante y bien y que es una buena solución para los problemas que hasta ahora tenía el sector.